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Justicia ordena intervención a una menor

 

 

 

 

La madre de una adolescente que debía ser operada en octubre, denunció penalmente a los profesionales del nosocomio y a funcionarios del Ministerio de Salud. En dos horas, la Justicia ordenó al director del hospital a intervenir a la menor.

 

La madre de una adolescente de 14 años, que debía ser operada en octubre pasado y que padece tiroides folicular, denunció penalmente esta mañana a médicos del hospital Tránsito Cáceres de Allende y a funcionarios del gobierno del Ministerio de Salud de la Provincia.

 

Según señaló a LA MAÑANA el abogado Carlos Nayi, la denuncia fue radicada en la Fiscalía Distrito 1 Turno 4 a cargo de Rubén Caro, quien en menos de dos horas, resolvió ordenar al nosocomio la intervención con carácter de "urgencia".

 

La denuncia contra los profesionales de la salud es por “abandono de personas” al entender que “supeditaron la cirugía al arreglo salarial con el Gobierno”, dijo Nayi.

 

En tanto, contra la Provincia, la denuncia penal es por “violación a los deberes de funcionario público” por “no garantizar los derechos del ciudadano a la salud”, agregó el letrado.

 

Tras conocerse la medida, desde el Ministerio de Salud de la Provincia aseguraron que la intervención sería la semana próxima. Sin embargo, el director del nosocomio, Félix Revol, dijo que aún no recibió una directiva oficial.

 

"Si el ministro o algún funcionario de la Provincia autoriza la operación, la haremos. Por el momento la tenemos previsto para marzo", afirmó Revol



La mañana de Córdoba 30-12-2011


 

 

 

Finalmente, fue operada la adolescente que padecía nódulo tiroideo

Se lo hizo después de que un fallo judicial obligara la intervención en un hospital público, pese a los paros.
04/01/2012 18:04 , por

 

Redacción LAVOZ

 

La joven que padecía un nódulo folicular  tiroideo fue operada en el Hospital Transito Cáceres de Allende, luego de que un fallo judicial obligara a los médicos a realizar la intervención tan postergada por los paros en la salud pública.

La disposición  fue informada el pasado viernes por el fiscal del Distrito I Turno 4, Rubén Caro, quien diera una “orden directa” para que se realice la intervención quirúrgica.

El funcionario judicial adoptó esa decisión después de que la madre de la chica presentara una denuncia penal contra médicos del hospital y funcionarios provinciales.

 

El abogado de la familia, Carlos Nayi, señaló ayer a La Voz que la adolescente había quedado internada por  mañana y fue recibida por el director del Tránsito Cáceres, Félix Revol, y autoridades del Ministerio de Salud.

Intervención. La operación fue realizada con éxito según las primeras informaciones, pero se espera la evolución de la joven en las próximas horas. 

 

Caso. La adolescente tenía “asignada para el 5 de octubre” pasado la cirugía y que fue suspendida por las medidas de fuerza de los médicos en los hospitales de la Provincia, según la denuncia presentada días atrás.


Fiscal ordena operar de urgencia a joven con nódulo tiroideo

La chica tenía "asignada" una cirugía para octubre, pero había sido pospuesta por el conflicto en salud. Su madre denunció a médicos.

30/12/2011 11:15 , por

 

Redacción LAVOZ

El fiscal del Distrito I Turno 4, Rubén Caro, ordenó esta mañana que se opere a una adolescente de 14 años, que padece un nódulo folicular tiroideo, luego de que su madre presentara una denuncia contra médicos del Hospital Tránsito Cáceres de Allende y funcionarios de la Provincia.

El abogado de la familia, Carlos Nayi, explicó a La Voz que se trata de una "orden directa" con "carácter de urgente".

Caro ordenó al director del Hospital Tránsito Cáceres de Allende, Félix Revol, que "arbitre los medios necesarios tendientes a que la menor de edad reciba de modo urgente el adecuado tratamiento médico en el hospital a su cargo, todo ello a fin de evitar posibles sucesos que una demora en la atención médica pudiera ocasionar con sus consecuentes responsabilidades".La orden expresa que el médico que atendió a la chica “ le habría indicado cómo única opción terapéutica una tirodeitomía total consistente en un barrido glandular, vaciamiento en el cuello extrayendo toda la línea glandular y la glándula con el fin de prevenir en el futuro eventuales complicaciones multiorgánicas y fundamentalmente la aparición de células degenerativas”.

 “Se le asignado turno de cirugía para el día 5 de octubre fecha desde  cual la misma no se ha llevado a cabo generando ello un deterioro  en la salud de la paciente”, agrega.

Denuncia. La madre de la chica presentó esta mañana una denuncia penal en contra de los profesionales de la salud “responsables” del hospital Tránsito Cáceres de Allende y funcionarios del Gobierno provincial.

La operación, programada en principio para octubre,  no se pudo realizar aún, debido a las medidas de protestas en los hospitales públicos, denunció Nayi.

El letrado precisó que respecto a los médicos la acusación es por la presunta comisión del delito de “abandono de persona”, mientras que en el caso de las autoridades es por la supuesta “violación a los deberes de funcionario público” para quienes “directa o indirectamente registren eventualmente determinados niveles de responsabilidad”.

Nayi indicó que la adolescente tenía “asignada para el 5 de octubre” pasado la cirugía y que fue suspendida por las medidas de fuerza de los médicos en los hospitales de la Provincia.

Además sostuvo que la operación “no ha vuelto a programarse a partir del conflicto y genera un perjuicio en la salud” de la chica.

Según la denuncia presentada hoy, la mujer dice que le habrían manifestado que tenía que “volver en marzo del año 2012 a fin de ver la posibilidad de encontrar algún turno el que con suerte podía ser obtenido en la medida que se levantaran las medidas de fuerza para abril  o mayo”.

La mujer había conseguido el primer turno en el Hospital Tránsito Cáceres el pasado 14 de junio.

Además la madre solicita “con carácter de suma urgencia” que se “instruya los mecanismos necesarios a efectos de que el servicio de salud sea restablecido de manera inmediata a fin de evitar se genere un daño irreparable en la salud y vida de mi hija y otras personas, haciendo cumplir el mandato constitucional”.

“El ejercicio del derecho de protesta tiene protección constitucional, sin embargo jamás debe olvidarse que no se trata de un derecho ilimitado”, señala otra parte de la denuncia.

Tránsito Cáceres. "Hablé con el doctor que está bajo asistencia de la paciente, le ha dado turno para marzo para operarla. Ella tiene un nódulo benigno, se sabe que en enero y en febrero hay un receso vacacional entonces se operan solamente las urgencias, se le da prioridad a los tumores”, dijo a Mitre 810 el director del Tránsito Cáceres, Félix Revol, antes de conocerse el fallo.

“No hablé con el Ministerio si hay una orden que se opere antes, se hará antes”, agregó el funcionario.

 

 

ASOCIACIÓN ILÍCITA-EL DELITO AUTÓNOMO DE PELIGRO ABSTRACTO Y LA VULNERACIÓN A GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Hans Kelsen decía “El derecho es norma y sólo norma”. Ninguna posición monista asegura transitar por el camino correcto. Al menos en el Derecho Penal donde se busca la verdad real, éste se encuentra impregnado de todo condimento social, político, cultural, religioso,económico y también de valores morales y de conducta de la sociedad toda. Así como el juez debe trabajar consensuando lógica y sentido común al momento de aplicar la ley, el legislador jamás debe abstraerse de tan importante operación al tiempo de crear la norma .

HOMICIDIO CRIMINIS CAUSAE-CUANDO EL CRIMEN ES UN MEDIO Y NO UN FIN La inclemente decisión de quitarle la vida a un semejante, exhibe por sí sola indescifrables motivaciones que inspiran un proceder criminal que va más allá del mero desprecio por la vida humana, exhibe un instinto bárbaro propenso a cualquier maldad. La acción de matar representa un atentado directo contra el bien jurídico más valioso y de máxima protección en nuestra normativa penal, que es la vida. Si pulverizar una vida, presentada esta  acción  en cualquiera de sus formas merece una respuesta punitiva categórica, el reproche legal debe ser más riguroso aun cuando quien emprende la acción criminal invierte el orden jerárquico de valores y el crimen termina por convertirse no en un fin sino simplemente un medio para alcanzar otra meta delictiva. Comercio y Justicia 7-218

LA JUSTICIA DEL CRIMEN Y EL DISEÑO NORMATIVO QUE NECESITA LA SOCIEDAD Hacer Justicia y pedirla cuando se procede de buena fe,  es exactamente lo mismo, constituye la obra más intima, más espiritual, mas inefable del hombre. La frase que introduce este trabajo guarda estrecha vinculación con un drama ontológico y la idea es apuntar a reconciliar la justicia con la sociedad, en tiempos en que por momentos hasta parece que ésta adoptó la decisión de separarse de la sociedad civil. No son dogmas los que inspiran esta reflexión sino la lectura que la sociedad adulta efectúa de una realidad tan inclemente como desconcertante Comercio y Justicia 22-12-17

 LA PRUEBA ILEGAL EN EL PROCESO PENAL Y LA TEORÍA DE LOS FRUTOS DEL ÁRBOL VENENOSO Bien se sabe que las pruebas en el proceso penal, son como los libros en una biblioteca, no se trata de tener muchos sino los mejores. Toda evidencia probatoria directa o indirecta se aspira sea de  alta calidad y  apta para transitar por un proceso de jerarquización a medida que la instrucción crece, permitiendo así  arribar con éxito al resultado buscado en la tarea de persecución penal, esto es establecer la verdad real y aplicar la ley penal sustantiva al caso concreto, asegurando de esta manera se alcance la meta buscada que no es otra que la acreditación de  los dos  extremos de la imputación delictiva, la existencia  del suceso histórico en su materialidad y la participación penalmente responsable del imputado en el mismo. Comercio y Justicia 7-12-17

LAS SALUDABLES BARRERAS EN LA CONSTRUCCION DEL TIPO PENAL En todo  estado de derecho, se impone el deber de preservar por sobre cualquier desborde que se genere frente a la labor cotidiana en la construcción del Derecho Penal el principio de legalidad, preservando a ultranza la seguridad jurídica. En esta dirección a nivel doctrinario precisas directrices restringen y limitan el poder punitivo del estado, consagrándose el valor normativo de la jurisprudencia como  una conquista de enorme valor. Comercio y Justicia 15-11-17

 

EL QUERELLANTE PARTICULAR EN EL PROCESO PENAL CONTRA MENORES-UNA RESTRICCION INACEPTABLE Como bien se sabe, el querellante particular como sujeto eventual del proceso penal se encuentra habilitado para actuar en el mismo de conformidad  y con los alcances previstos en los arts. 7, 91, 96 y ss del C.P.P. Precisamente la intervención del acusador privado en toda causa penal persigue como objetivo primordial lograr la protección judicial de la víctima, lo que efectivamente podrá efectivizase en la medida en que el ofendido penal ingrese al proceso no sólo en términos formales sino coadyuvando en el terreno procesal con la tarea del Ministerio Público, en aras de alcanzar la verdad real y lograr se aplique la ley penal sustantiva al caso concreto. Comercio y Justicia 24-10-17

CUANDO PRESENTARSE EN SOCIEDAD CON IDENTIDAD FALSA ES DELITO en el concierto de acciones típicas que puede desplegar cualquier individuo, es menester efectuar un distingo entre vacío legal y atipicidad penal y dentro de este último supuesto, resulta de toda necesidad abordar el elemento negativo del hecho ilícito, el que se verifica cuando un determinado evento adjudicado a una persona no es susceptible de sanción punitiva al no encuadrar en la determinación conceptual de figura formal alguna descripta  en la ley fondal, hipótesis en la que se configura entonces una clara causal de exclusión de delito.Comercio y Justicia 11-12-17

COSA JUZGADA IRRITA-EL PROCESO FRAUDULENTO Existe en el Universo del derecho una permanente pugna entre lo justo y lo legal, debate que encierra argumentos que no son obra de dramaturgos ni de novelistas, sino producto de la vida realidad, y los protagonistas del proceso penal vigente en nuestro país donde impera un sistema acusatorio adversarial, jueces, acusador público, querellante particular y defensores, deben estar  bien prevenidos de servir lo primero sin desdeñar lo segundo. Comercio y Justicia 23-8-17

ALCANCES DE LOS EFECTOS SUSPENSIVOS DE LA PRESCRIPCION DE LA ACCION CIVIL EN EL PROCESO PENAL El abordaje de esta temática de manera adecuada e integral , exige un tratamiento armónico  desde la óptica de la normativa de fondo y de forma , aunque diferenciado en lo que hace a dos aspectos de gran importancia, uno el estrictamente procesal y el otro vinculado a la cuestión sustancial. Comercio y Justicia 24-7-7

 HECHO DIVERO- LA MUTACIÓN DE LA ACUSACIÓNLa gramaticalidad de la norma del art. 389 (Ley 8123) del C.P.P. dibuja un horizonte nuevo en materia de política criminal, previendo el mecanismo que regula el procedimiento del hecho diverso, iluminando el sendero procesal que debe respetarse en la materia a fin de evitar las consecuencias nocivas que genera la retrogradación procesal a un estadio anterior. Así pues, la norma en su texto reza: “ Si del debate, resultare que el hecho es diverso del enunciado en la acusación, el Tribunal dispondrá, por auto, correr vista al Fiscal de Cámara para que proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo anterior….” Comercio y Justicia 26-6-2017

LA DOCTRINA DE LA REAL MALICIA- EL EQUILIBRIO ENTRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LOS DERECHOS INDIVIDUALES: La reforma introducida a nuestro Código Penal  a través de la Ley 26.551, representa un significativo  avance  en el diseño de un nuevo paradigma en  materia de política criminal en lo referente a la protección de libertad de expresión, sin descuidar sin embargo la tutela de los derechos individuales al tiempo de penalizar determinadas expresiones  agraviantes o que importan una clara atribución calumniosa. Comercio y Justicia 1-6-17

LA SALUDABLE PARCIALIDAD DE LOS FISCALES: El elenco de garantías consagradas en materia penal, inevitable desprendimiento del art. 18 de la Constitución Nacional, fortalece de manera irrestricta los tres pilares fundamentales del procedimiento en materia criminal, con tres funciones operativas  diferentes, acusación, defensa y prueba, escenario en el que los representantes del Ministerio Público con independencia funcional y de criterio,  son fieles defensores de  los intereses de la sociedad toda, aunque sin convertirse en órganos ciegos e irreflexivos, premisa básica para preservar la legalidad del interés público. Comercio y Justicia 9-5-17

 

EXCEPTIO VERITATIS- LA EXENCION DE RESPONSABILIDAD PENAL La  protección penal efectiva del derecho al honor  y los límites de la respuesta punitiva en los tipos delictivos de Injurias y Calumnias, se aprecia en su verdadera dimensión jurídica en la prueba de la verdad “Exceptio Veritatis”. La procedencia de este beneficio en materia de imputaciones delictivas o acusaciones agraviantes,  reconoce su fundamento en la necesidad de alcanzar la efectiva protección  del interés social superior que prevalece sobre el individual, fortaleciendo los criterios de persecución penal en contra de los auténticos responsables de actividades ilícitas, eximiendo de responsabilidad penal a los que obran mediando causales de justificación eximentes de responsabilidad. Comercio y Justicia 17-4-17

LOS PELIGROS DE LA ERA DIGITAL Y EL ROBO DE IDENTIDAD Un verdadero sismo ha generado en nuestra  sociedad la incursión de novedosas modalidades delictivas que enmudecen e inmovilizan  .  Repugnantes  conductas que  ocultan el verdadero rostro de quien delinque desde la oscuridad , enfundado en  un disfraz que oculta el peligro real , y que exhibe técnicas que  perfeccionan peligrosamente su estilo en el tramo ejecutivo de  cada acción delictiva. Se trata de la inclemente irrupción de desconocidas actividades que asoman desde el horizonte de la ilegalidad y que se fortalecen peligrosamente al ritmo del desarrollo a nivel mundial del fenómeno de la globalización Comercio y Justicia 23-3-17

REGIMEN PENAL JUVENIL-EDAD DE IMPUTABILIDAD-EL DEBATE PENDIENTE En los últimos días, una frenética carrera de noticias  recorre la redacción de los principales medios de comunicación , anunciando casi como una solución mágica , frente al sismo que en nuestra sociedad genera la arremetida de la delincuencia juvenil en sus más variados ataques, bajar la edad de la imputabilidad de los menores de dieciséis a catorce años, inaugurando en materia de política criminal un esquema normativo de fondo, cuyo objetivo tal como se lo concibe no es otro que frenar el embate  de un inclemente incremento de la ola delictiva juvenil de la que participan activamente menores de edad,  sin tener en cuenta que la experiencia a nivel mundial en materia criminal, ha demostrado que el incremento  de los índices de criminalidad, no se compadece  con la severidad del régimen punitivo, bajando la edad de imputabilidad ni encarcelando a menores en proceso de desarrollo Comercio y Justicia 20-2-17

LA TEORIA DE LA ADECUACION SOCIAL Y LA EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD EN MATERIA  PENAL Toda sociedad aspira a que cada uno de sus integrantes cualquiera sea su actividad, destino, posición económica, nivel cultural, religión etc  adecúe su conducta al régimen legal en vigencia, asumiendo una actitud civilizada, contexto en el que no resulta prudente ni admisible admitir la justificación de determinados comportamientos que transgreden el umbral de lo permitido, invadiendo el terreno de la ilegalidad so pretexto de ausencia de impacto por la nimiedad del perjuicio ocasionado en el desarrollo de estas acciones o por las características particulares que reviste la modalidad comisiva. Comercio y Justicia 9-2-17

EL CODIGO PENAL Y EL INFAME NEGOCIO DE LA MUERTE en los últimos años, la crónica policial con alarmante frecuencia nos ilustra acerca de prácticas perversas vinculadas a comportamientos humanos tan infames como indescifrables, tan cobardes como inaceptables, escenario donde un inadmisible vacío legal a la hora de reprimir determinadas inconductas generan desconcierto, desasosiego y hasta alarma social,  quedando al desnudo una inclemente realidad que viola las leyes de una nación y ofende a Dios Comercio y Justicia 15-12-16