LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO OMNIPOTENTE, La Voz del Interior 2-12-13

LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESTADO OMNIPOTENTE, La Voz del Interior 2-12-13

La primera reforma integral del Código Civil ?que se fusiona con el Comercial?, motivo de actual debate en el Parlamento nacional, contempla cambios, modificaciones y la incorporación de preceptos normativos que importan no sólo un profundo cambio sobre el criterio por seguir en temas de alta sensibilidad en la sociedad ?como son la gestación por sustitución o maternidad subrogada, el divorcio exprés, la fecundación artificial con material genético de personas fallecidas, la función social de la propiedad, los derechos y obligaciones de los cónyuges, el deber de cohabitación y fidelidad, la discusión respecto del momento en que comienza la vida, etcétera?, sino también el análisis respecto de la responsabilidad del Estado.

Este último punto es el que ha recibido mayor resistencia. No se ha alcanzado en la discusión el grado de madurez y equilibrio necesarios para dar respuestas a una sociedad que aguarda expectante ser escuchada y atendida en sus necesidades. En esta dirección, es importante que prevalezcan el sentido común, la conciencia de las necesidades de cada ciudadano y el respeto por una Constitución Nacional cuya vigencia no debe desconocerse.

La exclusión de la responsabilidad civil del Estado es un aspecto de la reforma cuya gravedad no se ha considerado en su real dimensión y que, de concretarse, implicaría un peligroso retroceso.

Toda estructura legal dentro de un derecho contemporáneo debe contemplar la necesidad de trabajar para fortalecer la confianza pública en los modernos y más grandes principios que inspiran cualquier legislación en el mundo, y que garantizan de manera unívoca la salud, la vida, la libertad, el honor, el patrimonio y la educación.

En este tópico, la reforma pretende consagrar una involución legislativa, pulverizando el régimen de responsabilidad por los daños ocasionados por el Estado a un particular, dado que prevé que la reparación civil será tratada por una ley especial a la que deberán adherir las provincias, argumentando como excusa que la mencionada responsabilidad no pertenece al ámbito privado sino al público.

Los legisladores tienen que respetar elementales preceptos constitucionales, normas de sentido común, de experiencia, de lógica y, fundamentalmente, el grito de protesta del pueblo.

Es un verdadero disparate pensar que la sanción pecuniaria disuasiva que nace a partir de todo evento dañoso sea improcedente en contra del Estado, sus agentes o funcionarios, pues, de confirmarse esto, daría paso a la construcción de un Estado omnipotente, colocando en pie de desigualdad inaceptable al ciudadano y abandonándolo a su propia suerte, lo cual generaría una clara situación de desprotección y desamparo.

No se puede admitir ningún avance estatal sobre el cadáver de los derechos del hombre, pues constituiría un claro atentado contra la seguridad jurídica y posibilitaría una abierta mutilación de las más sagradas garantías de corte constitucional, de consolidados criterios jurisprudenciales y de numerosos pactos internacionales.

Los derechos de los habitantes de nuestra nación sólo encontrarán garantías y real protección a partir del respeto y cumplimiento irrestricto a la ley. Caso contrario, no existe posibilidad alguna de concebir la idea de Estado de derecho, república o democracia.

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