Abogado condenado por defender mal un cliente

Abogado condenado a pagar por llevar por mal camino a su cliente

 

Una jueza del fuero civil y comercial de tribunales provinciales de esta ciudad, condenó a un abogado a pagar una importante suma de dinero en concepto de indeminación a un ex cliente, por no haber procedido correctamente en un juicio en el cual era patrocinante. El hecho, que no tiene precedentes en la justicia cordobesa y probablemente tampoco encuentre similitudes a nivel nacional, tuvo lugar hace doce años y lo protagonizaron Andres march y el letrado Luis Centeno Novillo. La extensa resolución de la Dra Victoria María Tagle, desarrolla en sus considerandos una profunda reflexión sobre la labor de los abogados y su responsabilidad frente a los juicios que patrocina, al tiempo que establece jurisprudencia al sancionar el mal desempeño del letrado, un accionar que normalmente quedaba en manos del tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados.

Realizada la denuncia bajo el patrocinio de los  Drs José y  Carlos Nayi, intervino la jueza Tagle, en los considerandos  de su resolución efectúa un profundo análisis de la labor que le corresponde a los abogados y las responsabilidades que les cabe en los juicios que patrocinan. Sobre la base de esta reflexión señaló finalmente " la sola circunstancia de no haber ofrecido prueba alguna para acreditar los hechos que daban sustento a la acción, determina que deba presumirse que el profesional actuó en forma negligente en defensa de los intereses de sus clientes" Dictaminó entonces que Centeno Novillo debe abonar a Andres march la suma de cuatro mil pesos mas su actualización e intereses, en concepto de indemnización por el dinero que oportunamente March le entregara en pago de honorarios.

La historia comenzo en el año 1982 cuando Andres March contra los servicios de Luis Alfredo Centeno Novillo, para que lo represente en un juicio que Ramon Pedro Yanzi Ferreyra y Maria del Carmen Oviedo le habian iniciado, para el cobro de un documento impago. Segun lo expresado por March a la denuncia, Centeno Novillo lo persudió de utlizar una estrategia consiste en argumentar ante el juez interviniente que el documento en cuestion habia sido robado de las oficinas de la empresa de march y que por lo tanto era falso e ilegítimo. El letrado no solo persuadió a su defendido de que este era el mejor camino sino que aseguró el exito de la contienda.

De tal manera se inician las acciones, pero inmediatamente se produce la primera irregularidad , al desaparecer  el expediente original. Centeno Novillo recien se acrdó de pedir se rehaga el expediente casi un año despues, sin que existiera justificación alguna para esta demora. Aun así, el abogado tampoco notificó de la demanda iniciada a la ptra parte, sino que fueron los demandados los que por sus propios medios tomaron conocimiento de lo que estaba sucediento.
Son precisamente Yamzi Ferreyra y Oviedo quienes actuaron segun los lineamientos de la justica ordinaria seguiendo todos los pasos tendientes a que su prosición sea reconocida como válida ante la inminente inmovilidad de la otra parte. Centeno Novillo agrega mas elementos de la irregularidad a su conducta cuando retira el expediente, dilatando de esa manera el desarrollod e la causa y originando una presentacion por parte de los demandados para que se normalice la situación. A partir de ahi las acciones que se registraron en la causa estuvieron a cargo de Yanzi Ferreyra y Oviedo, pese a lo cual Centeno Novillo le decía a March que todo se desarrollaba correctamente y que se iba a ganar.
Fue el apoderado legal de la otra parte quien solicitó la clusura del juicio, determinando con ello en setiembre de 1986 una sentencia definitiva en contra de March, quien vio de pronto cómo embargaban bienes, maquinas , muebles y demas elementos de su fábrica de vermiculita, dejándolo sin implementos para la continuidad de su trabajo y sin su medio de subsistencia. Fue entonces cuando comenzó a sospechar que la actitud de Centeno Novillo no había sido la correcta que éste manifestaba. Consultó a otros profesionales y se encontró que no sólo había perdido el juicio, sino que debía pagar una suma considerada en deuda y costas.

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