REGIMEN PENAL JUVENIL-EDAD DE IMPUTABILIDAD-EL DEBATE PENDIENTE. Comercio y Justicia 20-02-17

REGIMEN PENAL JUVENIL-EDAD DE IMPUTABILIDAD-EL DEBATE PENDIENTE. Comercio y Justicia 20-02-17

En los últimos días, una frenética carrera de noticias  recorre la redacción de los principales medios de comunicación , anunciando casi como una solución mágica , frente al sismo que en nuestra sociedad genera la arremetida de la delincuencia juvenil en sus más variados ataques, bajar la edad de la imputabilidad de los menores de dieciséis a catorce años, inaugurando en materia de política criminal un esquema normativo de fondo, cuyo objetivo tal como se lo concibe no es otro que frenar el embate  de un inclemente incremento de la ola delictiva juvenil de la que participan activamente menores de edad,  sin tener en cuenta que la experiencia a nivel mundial en materia criminal, ha demostrado que el incremento  de los índices de criminalidad, no se compadece  con la severidad del régimen punitivo, bajando la edad de imputabilidad ni encarcelando a menores en proceso de desarrollo. Nadie en su sano juicio puede negar que los sistemas penitenciarios, no cumplen con sus objetivos por ineficaces, impidiendo la posibilidad de reeducar y readaptar a  quien delinque para devolverlo  a la vida social. Lo que acontece es precisamente todo lo contrario, y la experiencia diaria nos demuestra que aquella persona que comete un delito y es alcanzado por la maquinaria legal de persecución penal sea menor o mayor y queda sometido a una  medida de encierro transitoria o permanente, el sistema mismo  termina directa o indirectamente preparándolo y hasta perfeccionándolo en el arte de la delincuencia, para volver a la Calle asumiendo conductas depredadoras particularmente violentas y peligrosas. Se ha encendido la alarma pública, y la sociedad atemorizada demanda respuestas concretas al estado, las que deben ser serias,  anunciando en este escenario soluciones no cortoplacistas ni efectistas sino que persigan combatir el flagelo desde sus raíces. El abordaje propuesto, sugiere efectuar un estudio integral y no segmentado de la realidad, evitando explorar la problemática al ritmo de la cíclica ocurrencia de hechos criminales aberrantes que lamentablemente con inquietante frecuencia ocupan las portadas de los periódicos nacionales e internacionales. Si la idea entonces se orienta a generar una estructura normativa que permita alcanzar con la respuesta punitiva al menor de quince años desde la sola consideración que puede dirigir sus acciones, controlar sus impulsos y comprender la criminalidad del acto como un mayor de 22 años, la tarea emprendida nos conducirá entonces inevitablemente al fracaso, puesto  que se está analizando solo una parte de la problemática , actuando sobre los efectos y no sobre las causas, inscribiéndonos consciente o inconscientemente en un extenso listado de opciones terapéuticas jurídicamente hablando  a la que han recurrido varios estados y sistemáticamente han fracasado en el intento. En cada acción delictiva protagonizada o comandada por un menor, encontramos a una víctima  y un victimario, y el hilo conductor que vincula esta secuencia conductual , debe ser destruido mediante mecanismos de prevención desde un análisis integral de la problemática, evitando por todos los medios posibles, un irreversible proceso de desintegración personal, familiar y social al que llegaremos si sólo tenemos en cuenta que la solución transita por una cuestión de edad biológica.  Tanto legisladores, jueces, fiscales, abogados etc no cumplimos una función predictiva al tiempo de ocupar un banco en la tarea de diseñar un plan de trabajo que permita explorar una problemática tan amplia como compleja, sino que basamos nuestra actividad en elementales normas de sentido común, lógica, experiencia y hasta psicología , y en este escenario, debemos comprender que estas son las pautas que nos conducen irremediablemente a concluir que el delito no se combate encarcelando a un niño de quince años, sujeto de derecho en pleno y permanente proceso de desarrollo, que necesita de nuestro ejemplo, de la contención desprejuiciada y la inclusión  en una sociedad cada vez más abúlica e indiferente, una sociedad a la que le falta autocrítica  y que ha descuidado por distintas razones  la formación personal del niño, malográndola, en medio de políticas de estado  donde predomina  la desprotección, el desinterés, el desamparo y hasta el imperdonable desprecio frente al necesitado, realidad que como protagonistas involuntarios todos los días presenciamos, en cada esquina de nuestra ciudad, en cada plaza de nuestro barrio. De no aceptar esta realidad,  inevitablemente terminamos asumiendo actitudes hipócritas, desde las que podremos combatir el flagelo tácticamente hablando, pero sólo en sus formas , dejando inerte el fondo. En la delincuencia juvenil convergen una serie de factores  y una trama demasiado compleja que alimentan una actitud de rebeldía y resentimientos que oscilan en su recorrido el sendero que va desde  la marginación, asociabilidad,  parasociabilidad, inadaptación , hasta el abismo total,  ingredientes estos que se convierten en la materia prima  que alimenta y  retroalimenta de manera perversa la problemática que rodea la delincuencia juvenil. Bajar la edad de la imputabilidad de los menores entonces,  desde el sólo objetivo de conducir a prisión a un menor como método de represión efectivo, no es más que un disparate . Es menester consensuar un régimen penal juvenil a la medida de la realidad de nuestra sociedad,  de las necesidades actuales, sin caer en la tentación de asumir posiciones monistas, extremas o acciones espasmódicas, toda vez que lejos de sublimar los efectos de la problemática, terminaremos agravando el problema. No se debe caer en el error  de obrar cegados por la necesidad de alcanzar un impacto efectista, ni tampoco podemos darnos el lujo de comportarnos como sociedad hipersencibilizada pese el alto grado de vulnerabilidad e indefensión que genera la ola delictiva que ha terminado sitiándonos. La sociedad está sedienta de justicia, pero no debemos actuar ciega e irreflexivamente, puesto que debemos tener muy en cuenta que los protagonistas centrales de esta problemática son personas en permanente proceso de desarrollo y formación. La obra inteligente de la defensa social, cobra singular protagonismo para poder transitar desde la indiferencia y el distanciamiento generalizado hacia una actitud francamente tutelar y pedagógica, evaluando y acompañando integralmente todo el proceso de crecimiento no parte del mismo, abarcando en todo su universo  el proceso de crecimiento y desarrollo del niño, sus condiciones externas, los conflictos afectivos y hasta el material biológico, actuando secuencialmente  sobre distintos agentes con diferente grado de impacto en relación a la conducta desnaturalizada. La tranquilidad es el sentimiento que debe invadirnos al tiempo de considerar que hoy por hoy, nuestra sociedad no está desprotegida frente al irrefrenable incremento de la ola delincuencial minoril, ya que se encuentra regulado un procedimiento diferenciado, en orden a la edad biológica de los menores, los que serán enviados una vez aprehendidos a un establecimiento idóneo a fin de que se implemente una atención educativa con abordaje multidisciplinario, cuya meta exclusiva y excluyente es la recuperación del niño y su reinserción a una sociedad civilizada y a una familia que lo necesita. En nuestro régimen legal procesal penal, se encuentra vigente  la ley 9944 ?Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia de Córdoba?, una estructura normativa que regula  un régimen penal diferenciado al tiempo de considerar la instrucción de una causa criminal en la que debutan por ejemplo jóvenes de dieciséis o diecisiete años de edad.  Ha llegado la hora de pensar en un tratamiento multidisciplinario, que permita conocer y luego combatir las fallas de base, donde deben tener activo protagonismo los distintos organismos de protección, en aras de alcanzar una razonable profilaxis frente a un padecimiento social que día a día nos condena a vivir de una manera diferente. Muchos de nosotros, frente al crimen aberrante , asumimos obsesionados el sentimiento de justicia, sin embargo no debemos comportarnos como hienas.    

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